27. La necesidad de contar con unidades de inclusión y tutorías especializadas para personas con discapacidad

Autores/as

Jaime Ernesto García Villegas
Claudia Patricia González Cobos

Sinopsis

Las Instituciones de Educación Superior en México, habrán de realizar sus funciones sobre la base del respeto inexorable de la dignidad humana y la inclusión, de conformidad con lo establecido en el arábigo 3, inciso f) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de tal suerte que deben tomarse en consideración las capacidades y condiciones específicas del estudiantado, para la implementación de ajustes razonables, que permitan tanto el acceso, como la permanencia de personas con discapacidad en el sistema universitario. Por lo tanto, para garantizar la detección y el seguimiento oportuno de estudiantes con discapacidad, deben existir unidades de inclusión con personal especializado, que forme parte integrante no solo de las oficinas centrales, sino de cada una de las facultades o unidades académicas universitarias, para efecto de verificar que se ejecuten todas las medidas necesarias para evitar la exclusión o discriminación de personas con cualquier tipo de discapacidad. Asimismo, para complementar las funciones del personal administrativo adscrito a las unidades de inclusión que se proponen, debe existir un número proporcional de docentes que ejerzan tutoría especializada para brindar acompañamiento a personas con discapacidad. La tutoría especializada para la inclusión, no solo implica una acreditación o curso para quien la ejerce, sino la necesidad de actualización permanente, para efecto de que quien la imparte pueda enfocarse específicamente en tutorados con discapacidad, lo que permitirá un seguimiento eficaz con la finalidad de fomentar el derecho humano a la educación inclusiva.  

Publicado

agosto 11, 2025

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